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Las leyes que protegen al consumidor en Paraguay: guía práctica

Marco legal3 min read

Las leyes que protegen al consumidor en Paraguay: guía práctica

Saber qué ley te ampara cambia la conversación con el proveedor. No hace falta ser abogado: alcanza con conocer cinco normas y lo que cada una te permite exigir. Esta es la guía práctica del marco legal del consumidor paraguayo.

1. La Constitución Nacional (1992)

Todo empieza acá. La Constitución garantiza la calidad de vida, la salud y un ambiente sano, y en su artículo 38 reconoce el derecho de toda persona, individual o colectivamente, a reclamar a las autoridades la defensa de los intereses difusos: los que pertenecen a un grupo amplio, como los consumidores de un servicio. Es la puerta de entrada a las acciones colectivas.

2. Ley N° 1334/98, de Defensa del Consumidor y del Usuario

Es la ley central. Define quién es consumidor, quién es proveedor y qué es una relación de consumo, y a partir de ahí ordena todo lo demás:

  • Derechos básicos: información, seguridad, libertad de elección, trato equitativo, garantía, reparación de daños, educación y asociación;
  • Información y publicidad: la oferta obliga a quien la hace, la publicidad engañosa está prohibida y el precio debe informarse completo;
  • Contratos de adhesión y cláusulas abusivas: las cláusulas que desequilibran la relación en contra del consumidor se tienen por no escritas, y la duda se interpreta a favor del consumidor;
  • Garantía: los productos y servicios responden por sus fallas, y el proveedor debe repararlos, reponerlos o devolver el dinero;
  • Responsabilidad: quien pone en el mercado un producto o servicio defectuoso responde por los daños que causa;
  • Sanciones: apercibimiento, multa, decomiso, clausura, según la infracción.

Si solo vas a leer una ley, es esta.

3. Ley N° 4974/13, que crea la SEDECO

Una ley sin autoridad que la aplique es una promesa. En 2013 se creó la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario, dependiente de la Presidencia de la República, como autoridad de aplicación de la Ley 1334/98. Sus funciones: recibir y tramitar denuncias, conciliar, fiscalizar, instruir sumarios y sancionar, y educar a consumidores y proveedores. Es el organismo al que llega tu denuncia.

4. Ley N° 4868/13, de Comercio Electrónico

Comprar por internet tiene reglas propias. La ley obliga al proveedor en línea a identificarse (razón social, domicilio, contacto), a informar con claridad el precio total, los gastos de envío, los plazos y las condiciones, a confirmar la compra y a dar un canal de reclamo. Reconoce además el derecho de retracto en compras a distancia: en los plazos y condiciones que fija la norma, el consumidor puede arrepentirse de la compra. Vale para tiendas en línea, marketplaces y ventas por redes sociales cuando el vendedor actúa como proveedor.

5. Ley N° 6534/20, de Protección de Datos Personales Crediticios

Lo que un buró de crédito dice de vos también es un tema de consumo. Esta ley regula quién puede tratar tu información crediticia, con qué finalidad y por cuánto tiempo, y te da derecho a saber qué datos existen sobre vos, a corregirlos cuando son inexactos y a que se eliminen cuando ya no corresponde mantenerlos. Un rechazo de crédito por un dato viejo o equivocado tiene remedio legal.

Cómo usarlas en un reclamo

  • Citá la ley por su número en el reclamo escrito al proveedor: cambia el tono de la respuesta;
  • En la denuncia ante la SEDECO describí los hechos con fechas y adjuntá las pruebas; el encuadre legal lo hace la autoridad;
  • Ante una cláusula abusiva, no la cumplas sin más: pedí que se revise, y si el proveedor insiste, denunciá;
  • En compras en línea, guardá la publicidad, la confirmación y los mensajes con el vendedor: son la prueba de la oferta.

Las leyes se aplican a la relación de consumo, no a cualquier contrato. Un negocio entre dos empresas, o entre dos particulares que no actúan como proveedores, se rige por el Código Civil.

Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento legal profesional. Fuentes: Constitución Nacional, Leyes N° 1334/98, 4974/13, 4868/13 y 6534/20.

Written by

Ewerton Daniel

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